• Como garantía, se establece la obligatoriedad de que los edificios de viviendas cuenten con una póliza que cubra los daños que puedan producirse por deficiencias estructurales (de estabilidad) en estos edificios: El Seguro Decenal de Daños. (S.D.D.)

• Para ello, surge una nueva figura: Las OFICINAS DE CONTROL TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN (O.C.T.) que, de forma independiente, mediante sucesivos controles en las distintas fases del proceso constructivo de los edificios, contribuyen a minimizar los riesgos derivados de los posibles daños estructurales para conocimiento de las Aseguradoras, traduciéndose en un ahorro de costes de las pólizas.

CONSULTORÍA TÉCNICA CONTROL, S.A. (C.T.C.) es una O.C.T. jurídica y económicamente independiente de los agentes que intervienen en el proceso constructivo: Promotoras, Constructoras, Estudios de Arquitectura, Laboratorios, Aseguradoras, etc. Entendemos que la independencia es clave para alcanzar los objetivos de Imparcialidad y compromiso de Calidad.

• Ante la creciente demanda de la Calidad por parte del usuario final de las edificaciones, la LEY DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN (L.O.E.) establece la obligatoriedad del Promotor de edificios cuyo uso fundamental es el residencial, de suscribir el SEGURO DECENAL DE DAÑOS DE LA EDIFICACIÓN (S.D.D.) para su inscripción como obra nueva terminada en el Registro de la Propiedad.

La L.O.E. (Ley 38 / 1.999 de 5 de Noviembre. B.O.E. 6 de Noviembre de 1.999 en vigor desde el 6 de Mayo de 2.000) afecta a las edificaciones de uso residencial de nueva planta, de ampliación, reforma o rehabilitación de carácter permanente, siempre que la solicitud de su preceptiva licencia de obras se haya producido a partir del 6 de Mayo de 2.000.

• El sector de la Construcción lleva años en un proceso de ofrecer una mayor y mejor oferta de Calidad. Esto demanda la aplicación de controles, cada vez más rigurosos, en las distintas fases del proceso constructivo de los edificios y así garantizar que el producto final sea el adecuado a las expectativas de seguridad que demanda la sociedad para sus viviendas.

• La citada Ley, regula y potencia los sistemas de detección de las carencias y defectos de los Proyectos de Arquitectura, de la Ejecución de la construcción y el Mantenimiento de los nuevos edificios, con el fin de garantizar su Calidad reduciendo aquéllos y disminuyendo los elevados costes que suponen subsanarlos a posteriori.

C.T.C. es una organización creada para prestar un servicio cualificado y atender las nuevas exigencias de Control surgidas en el sector de la Edificación, recientemente legisladas (L.O.E.). Estamos capacitados para gestionar todos los aspectos del Control: Desde la revisión del Proyecto de Arquitectura y el Estudio Geotécnico, hasta la supervisión de la Ejecución de las Obras, además de la calidad de los Materiales.

C.T.C. ofrece su colaboración entre profesionales, conocedora de los problemas de la edificación, en beneficio del Promotor, Constructor, Arquitecto Proyectista, Dirección Facultativa, Aseguradora, y del Usuario final, al contribuir con su actividad de Control técnico y asesoramiento a la seguridad estructural y a la prevención de daños con el fin de la contratación del S.D.D.

C.T.C. ha sido evaluada satisfactoriamente como O.C.T. por UNESPA y cuenta con su Ficha Técnica, en base a los informes emitidos por CEPREVEN, para poder desarrollar su actividad dirigida al S.D.D. El 21 de Febrero de 2.006 la Asamblea General de la AOCTI aprobó el ingreso de CTC como miembro de Pleno Derecho. Nuestro siguiente objetivo, es la obtención el Sello de Calidad AENOR.